Cada vez es más común que los autónomos se desplacen al extranjero debido a su actividad, lo que supone gastos como de transporte, alojamiento o restaurantes. Para poder deducir cualquier gasto debe cumplir estos requisitos:
Que el gasto esté relacionado con el desarrollo de la actividad.
Que se disponga del ticket o factura acreditativa del gasto.
Los gastos de transporte, alojamiento o restauración, aunque no son deducibles en IVA (ya que se aplica el IVA del país donde se incurre el gasto) sí son deducibles en IRPF, por lo que en este post se explica cómo registrar en Cuéntica los gastos de viaje en el extranjero más comunes.
Cómo registrar gastos de hotel cuando te desplazas al extranjero
Cuando nos desplazamos a otro país, la cuota de IVA de las facturas de los servicios o productos que allí contratemos o consumamos no va a ser deducible aquí. Supongamos que un autónomo tiene la siguiente factura de alojamiento por un viaje a Francia debido a su actividad:
La manera de registrar este gasto en Cuéntica es la siguiente:
Seleccionar el tipo de documento: "Factura".
Proveedor: "Proveedores varios". Importante: no es necesario crear la ficha del proveedor. Fecha en la que se originó el gasto y que aparece en la factura.
La base imponible debe ser el total de la factura, con el IVA a 0% y el grado de imputación al 100%. Tipo de gasto: "Gastos de viaje y locomoción".
Forma de pago: tarjeta (recuerda que el pago debe ser por medio telemático).
Se recomienda adjuntar la factura para tener toda la información centralizada.
Cómo registrar gastos de restaurantes en el extranjero
La Ley de Reformas Urgentes del trabajador autónomo recoge los importes máximos que un autónomo puede deducirse de los gastos de restaurantes y hostelería. Además de los dos requisitos nombrados en el apartado anterior, a los gastos de restaurantes se añade un tercer requisito, que esté pagado con tarjeta.
El límite diario de gasto que el autónomo se puede deducir, es diferente en función de si el gasto es en territorio español o si se ha producido en el extranjero. Mi compañera Carolina explica en una guía cómo registrar los gastos de restaurantes y cafeterías en territorio nacional si eres autónomo.
A continuación se explica cómo registrar un gasto de restaurante en el extranjero, cuyo límite es 48,08 € si no hay pernocta y 91,35 € si se pernocta. Por lo tanto, siguiendo con el ejemplo anterior, supongamos que un autónomo tiene el siguiente ticket de un restaurante por su viaje de dos días a Francia.
La manera de registrar este gasto es la siguiente:
Crear un "Nuevo gasto" desde la pestaña de "Gastos y proveedores".
Seleccionar como tipo de documento: "Ticket / Recibo".
Elegir como proveedor "Proveedores varios". Importante: no es necesario crear la ficha completa del proveedor.
Registrar en una línea la parte deducible del gasto:
Crear una segunda línea con la parte no deducible del gasto:
Método de pago: tarjeta (si se ha abonado por ese medio telemático).
Adjuntar el documento acreditativo del gasto para tenerlo centralizado.