Cada vez es más común que autónomos/as trabajen para empresas extranjeras y perciban ingresos por sus servicios en monedas diferentes al euro. Esto puede ocasionar algunas incertidumbres, sobre todo con sus obligaciones fiscales.
Los autónomos y las empresas normalmente negocian un acuerdo de colaboración. En él, se recogen temas como las condiciones de pago, la remuneración por sus servicios, la moneda, etc. Sin embargo, hay algo que es innegociable si se reside en España: los impuestos que debe presentar el autónomo trimestral y anualmente deben ser en euros.
En esta guía se explica cómo el autónomo debe registrar esos ingresos para cumplir con sus obligaciones fiscales en las dos condiciones de pago más habituales:
Vemos a continuación cada situación de forma detallada.
1. No es necesario emitir una factura previa al cobro.
Hay casos en los que el autónomo no necesita emitir una factura para recibir el cobro por sus servicios, sino que la empresa realiza el ingreso de manera recurrente. Si el ingreso se recibe en una cuenta de una entidad financiera española, aunque el contrato esté pactado en otra moneda, la conversión en euros se hace automáticamente al llegar la transferencia al banco.
En este caso el proceso es simple:
Una vez se ha recibido el ingreso en la cuenta, hay que crear una factura desde Facturas y clientes → Facturas.
En la factura, se indican:
Los datos de la empresa a la que se prestan los servicios y el importe que se ha recibido en la cuenta.
IVA 0% y Retención 0%. La conciliación bancaria es muy útil para crear la factura asociada a este ingreso.
Indicar que es un servicio, y que la razón por la que la factura no incluye IVA es porque no está sujeta por reglas de localización.
En la línea de cobros, hay que indicar la cuenta bancaria por la que se ha recibido el cobro.
Puede ser también que la empresa realice el ingreso recurrente en dólares en alguna cuenta como Transferwise o Revolut. En ese caso, únicamente hay que registrar ese ingreso en Cuéntica haciendo la conversión en euros el mismo día que se reciba.
Por ejemplo, la empresa realiza un ingreso al autónomo en una cuenta Transferwise el día 1 de julio por $2.000. En ese caso, hay que convertir los $2.000 dólares a euros según el tipo de cambio de ese día y registrarlo en Cuéntica con fecha 1 de julio.
2. Es obligatorio que el autónomo emita una factura previa al cobro.
En este caso, el autónomo está obligado a emitir una factura previa a la empresa para recibir el cobro. Además, el importe de la factura debe ser en la moneda que se ha pactado en el contrato.
Si utilizas plataformas como Deel, Rippling o Payoneer puedes registrar los ingresos siguiendo los pasos que se explican a continuación. Si la plataforma genera automáticamente la factura, puedes empezar directamente en el punto 3. 👇
Como se ha comentado anteriormente, los impuestos deben presentarse en euros, de ahí que Cuéntica no soporte operar directamente con otras divisas diferentes al euro. En este caso, y para cumplir tanto con los requerimientos de la empresa como con las obligaciones fiscales del autónomo, hay que seguir un procedimiento paralelo:
Lo primero es emitir una factura paralela por el importe acordado y en la moneda pactada. Para ello, puedes usar esta plantilla (es un archivo de solo lectura, puedes hacer una copia desde Archivo → Hacer una copia). En la factura se debe incluir, como en cualquier otra, los datos del autónomo, del cliente, la fecha de factura, el importe, etc. Consejo: las facturas que hagas al margen de Cuéntica para enviar a la empresa también deben seguir una correlación de fecha y número.
Una vez se haya guardado en PDF, ya se puede enviar a la empresa para que lo contabilicen y puedan realizar el pago por los servicios.
En Cuéntica, desde Facturas y clientes → Otros ingresos, se crea el registro con:
La misma fecha de emisión de la factura que has creado o que ha generado la plataforma con la que trabajas.
Los datos del cliente.
El importe convertido a euros.
El PDF de la factura original como adjunto y dejar el ingreso como pendiente de cobro. Si ya se tiene una factura, por ejemplo la que facilita Deel, se debe registrar en Cuéntica con los datos que aparecen en dicha factura y adjuntarla.
Si no se ha efectuado el cobro en el momento de emisión de la factura, hay que marcarlo como pendiente y actualizarlo cuando se reciba en la cuenta en la fecha que proceda.
Es muy probable que, por el tipo de cambio, el importe en euros que se registró en Cuéntica no coincida con el que finalmente se ha percibido. En ese caso:
Si se ha cobrado más importe que el que inicialmente se registró:
Desde Facturas y clientes → Otros ingresos se crea un ingreso asociado a clientes varios, con:
Concepto: "diferencia de cambio + número de factura".
Fecha en la que se ha recibido el ingreso.
Tipo de ingreso: 778 (ingresos extraordinarios).
Siguiendo con el ejemplo anterior, imaginemos que en vez de 2.000€ finalmente han sido 2.018€. En ese caso, habría que registrar la diferencia:
Si la variación es negativa, es decir, se ha cobrado menos que lo que registró inicialmente:
Desde Gastos y proveedores se crea un nuevo gasto asociado a proveedores varios incluyendo:
Concepto: "diferencia de cambio + la factura a la que se hace referencia".
Fecha en la que se ha recibido el ingreso
Tipo de gasto: Gastos extraordinarios (678).
Siguiendo con el ejemplo inicial, imaginemos que en vez de 2.000€ finalmente han dicho 1.988€. En ese caso hay que registrar la diferencia:
⚠️ Si el autónomo asume alguna comisión por alguna transacción, se debe registrar como gasto. Elena tiene un artículo sobre cómo registrar una comisión bancaria.
Todo este proceso es necesario para tener un control completo de todas las operaciones y para asegurar que se cumplen con todas las obligaciones como autónomo.